CONTRATO PARA USO DEL CANALES ELECTRÓNICOS 
VENCEDORES VIRTUAL Y VENCEDORES MÓVIL
 

En la ciudad de XXXX, a los XX días del mes de XXXX de XXXXse  celebra el presente contrato para uso del canal electrónico Vencedores Virtual y Vencedores Móvil  y más convenciones y declaraciones, que se determinen al tenor de las siguientes clausulas:

 

PRIMERA. COMPARECIENTES.

Comparecen a la celebración del presente contrato: por una parte, Cooperativa de Ahorro y Crédito “Vencedores” Ltda.; a quien en adelante se denominará “LA COOPERATIVA”, representada por el trabajador autorizado, que suscribe este documento; y, por otra parte, XXXXXXXXXXXXXX en calidad de solicitante y a quien en adelante se le denominara «SOCIO». Los comparecientes declaran ser capaces para contratar y obligarse.. 

SEGUNDA. ANTECEDENTES.

“LA COOPERATIVA” ha puesto a disposición de sus socios los canales electrónicos Vencedores Virtual y Vencedores Móvil, el cual permite realizar consultas y transacciones financieras por medio de canales tecnológicos de comunicación que ésta ha implementado; así como aquellos que en futuro llegara a implementar.

 

“LA COOPERATIVA” es una Institución Financiera regulada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y sometida exclusivamente a las leyes ecuatorianas, por lo tanto, el “SOCIO” se somete y acepta dichas regulaciones; y aquellas que “LA COOPERATIVA” como parte de su normativa llegara a emanar.

 
TERCERA. OBJETO.

“LA COOPERATIVA” conviene con el “SOCIO” en suscribir el presente contrato, con el fin de que éste pueda acceder a los canales electrónicos Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil ofertado por “LA COOPERATIVA”, y realice consultas y transacciones detalladas en la cláusula denominada “TRANSACCIONES” de este documento, las que se pueden incrementar o retirar.

 

CUARTA. ACCESO.

El “SOCIO” deberá asegurase que para acceder a los canales electrónicos Vencedores Virtual únicamente lo hará por medio de la página web https://vencedores.fin.ec, https://virtual.vencedores.fin.ec y a Vencedores Móvil por medio de los aplicativos descargados de las tiendas oficiales de Android y IOs utilizando los procedimientos, medidas de autenticación, controles de acceso u otros mecanismos de seguridad que “LA COOPERATIVA” ha implementado o los que implemente en el futuro para precautelar la integridad y privacidad de los registros e información de los socios.

 

QUINTA. NOMBRE DE USUARIO.

Para la validación inicial que “LA COOPERATIVA” proporciona al “SOCIO”, al momento de contratación del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil es su número de cédula, pasaporte o documento de identificación expedido por el Organismo Estatal competente, posteriormente el “SOCIO” deberá personalizar el nombre de usuario de acceso a los canales electrónicos de acuerdo a su criterio y cumpliendo con los mecanismos de seguridad implementados por “LA COOPERATIVA”, el cual una vez que haya sido personalizado no será susceptible de modificación alguna.

 

SEXTA. MEDIOS DE NOTIFICACION Y CONTACTO

El “SOCIO” utilizara los medios de contacto registrados, dirección activa de correo electrónico y número de celular móvil principal como sus medios de notificación del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, para que en estos “LA COOPERATIVA” remita avisos, comunicaciones, claves temporales, códigos de seguridad, notificaciones de acceso a los canales electrónicos, notificaciones de ejecución de transacciones electrónicas, llamadas informativas y/o comerciales, gestiones de cobranza, información relacionada con los productos, servicios y canales de atención que ofrece “La Cooperativa”, otras notificaciones que esta considere importante hacerme conocer; y, aplicar procedimientos de control y gestión de riesgos legalmente establecidas en la ley.

 

Cuando el “SOCIO” haya cambiado uno o los dos medios de notificación y contacto registrados previamente en “LA COOPERATIVA”, deberá acercarse personalmente a comunicar y actualizar dichos contactos en la oficina Matriz, agencias de “LA COOPERATIVA” a nivel nacional, trámite que lo realizará presentando su documento de identidad; en caso de que el “SOCIO” no pudiese concurrir personalmente, lo hará mediante un tercero que acredite la representación del mismo. El documento que acredite la representación legal estará sujeto a revisión y autorización por parte de “LA COOPERATIVA”, previo a procesar la modificación solicitada.

 

“LA COOPERATIVA” quedará exonerada de toda responsabilidad, cuando:

 1.     El “SOCIO” proporcione a “LA COOPERATIVA” sus medios de notificación y contacto inválidos, incorrectos o inexactos; y,

2.     El “SOCIO” cambie uno o sus dos medios de notificación y contacto, no comunique y actualice personalmente en la “LA COOPERATIVA” el/los cambio(s) efectuados.

 

El “SOCIO” entiende y acepta que los medios de notificación y contacto ingresados en “LA COOPERATIVA” son de alta importancia, pues le permiten a esta establecer contacto directo, suficiente y seguro con el “SOCIO” a fin de que este último pueda transaccionar en el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, por tanto el SOCIO asume íntegramente la responsabilidad de su custodia, uso de los usuarios y claves mediante los cuales accede a los medios de notificación y contacto que ha registrado en “LA COOPERATIVA”, y exime a “LA COOPERATIVA” de cualquier responsabilidad si terceras personas manejaran o tuviesen acceso a los medios de notificación y contacto registrados por el “SOCIO” en “LA COOPERATIVA”, e hiciesen uso fraudulento de dichos medios o de la información que llegue a los mismos con el fin de transaccionar. En dichos casos “LA COOPERATIVA” queda relevada de toda responsabilidad frente a él “SOCIO”, salvo el caso que el “SOCIO” hubiese reportado a “LA COOPERATIVA” el acceso no autorizado, hackeo, intervención o robo de información de uno o sus dos medios de notificación y contacto registrados en “LA COOPERATIVA”, previo al hecho de que se realizaran transacciones electrónicas mediante los canales electrónicos.

 

El “SOCIO” acepta recibir publicidad de “LA COOPERATIVA” a través de sus canales de comunicación físicos o virtuales oficiales y que las notificaciones remitidas por “LA COOPERATIVA” por cualquiera de sus medios de notificación y contacto no son consideradas SPAM (correo basura, no deseado y/o mensaje basura).

En caso de que el “SOCIO” no desee recibir la publicidad remitida por “LA COOPERATIVA” deberá solicitarle vía telefónica y/o por escrito a “LA COOPERATIVA”, que suspenda el envío de dicha publicidad.

 

Por otra parte, el SOCIO podrá notificar a “LA COOPERATIVA”, por escrito en la oficina Matriz, agencias; siempre y cuando este tipo de notificaciones no sean de carácter judicial, en que el único domicilio para notificaciones será el domicilio principal de “LA COOPERATIVA”.

 

SÉPTIMA. CLAVE DE ACCESO.

“LA COOPERATIVA” acto seguido de la suscripción del presente contrato enviará a los dos medios de notificación y contacto del “SOCIO” una clave de acceso temporal al canal electrónico, la que tendrá una vigencia  1 minuto y su estado será caducado (válida únicamente para el primer ingreso); por lo que es obligación y responsabilidad del “SOCIO” cambiar esta clave de acceso en el momento de ingresar por primera vez al canal electrónico, el “SOCIO” asume como su responsabilidad: a) La definición de una clave de acceso segura que contenga letras mayúsculas, minúsculas, números y caracteres especiales; b) El cambio frecuente de su clave de acceso, el cual se lo realizará por lo menos en los plazos en los que “LA COOPERATIVA” establezca; y, c) La custodia y buen uso de su clave de acceso. “LA COOPERATIVA” podrá modificar el tiempo de vigencia de la clave temporal.

 

OCTAVA. CÓDIGO DE SEGURIDAD.

Para el procesamiento de transacciones que involucren movimiento de fondos de la(s) cuenta(s) de ahorro del “SOCIO” por medio de cualquier canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil y que cumplan con las condiciones establecidas por “LA COOPERATIVA” se requerirá ingresar un código de seguridad que “LA COOPERATIVA” enviará automáticamente a uno o los dos medios de notificación y contacto registrados previamente por el “SOCIO” en “LA COOPERATIVA”. El código de seguridad tendrá el tiempo de vigencia que “LA COOPERATIVA” establezca, pudiendo ser solicitada nuevamente en el canal electrónico Vencedores Virtual o Vencedores Móvil dependiendo el caso las veces el “SOCIO” lo requiera y este dentro de los parámetros definidos por “LA COOPERATIVA”.

NOVENA. MECANISMOS O MEDIDAS DE AUTENTICACIÓN.

“LA COOPERATIVA” ha definido para el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil varios mecanismos o medidas de autenticación con la finalidad de verificar la identidad del “SOCIO” y precautelar sus transacciones. Los mecanismos o medidas de autenticación que “LA COOPERATIVA” ha definido a la suscripción del presente contrato para el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil son: nombre de usuario, clave de acceso, doble factor de autenticidad, biometría.

 

El “SOCIO” autoriza a “LA COOPERATIVA”, que por razones de seguridad y a objeto de proteger sus intereses, información y fondos; suspenda, modifique o incorpore los mecanismos o medidas de autenticación que considere necesarios para el acceso a los canales electrónicos Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil. El “SOCIO” se obliga a cumplir con todos los requisitos que “LA COOPERATIVA” defina como mecanismos de autenticación para el acceso a los canales electrónicos.

 

DÉCIMA. BLOQUEO DEL CANAL ELECTRÓNICO VENCEDORES VIRTUAL o VENCEDORES MÓVIL.

10.1 BLOQUEO AUTOMÁTICO: El canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil cuenta con un servicio de bloqueo automático de acceso, el cual se activa cuando el “SOCIO” al intentar ingresar al canal electrónico y digita su nombre de usuario e ingresa erróneamente por tres ocasiones su clave de acceso o alguno de los mecanismos de autenticación que “LA COOPERATIVA” ha definido.

 

En caso del bloqueo automático el “SOCIO” podrá realizar el desbloqueo siguiendo los pasos indicados en el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil en la opción “Olvide mi contraseña”, o en su defecto acercarse a la oficina Matriz, agencias o ventanillas de extensión de “LA COOPERATIVA”.

 

10.2. BLOQUEO A PETICIÓN DEL SOCIO: El “SOCIO” podrá solicitar el bloqueo del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil mediante llamada telefónica a la línea de emergencias financieras de “LA COOPERATIVA” o personalmente en la oficina Matriz, agencias.

Para el desbloqueo del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil por este tipo de bloqueo, el “SOCIO” lo efectuará únicamente de forma personal en la oficina Matriz, agencias de “LA COOPERATIVA”, u otros medios seguros que “LA COOPERATIVA” ponga a disposición de sus socios.

 
DÉCIMA PRIMERA. OLVIDO DE CLAVE DE ACCESO Y/O NOMBRE DE USUARIO.

Para la generación de una nueva clave de acceso temporal por olvido de la clave de acceso anterior, el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil cuenta con la opción “Olvide mi contraseña” a la que permitirá al “SOCIO” generar una clave de acceso temporal utilizando los mecanismos de autenticación que el “SOCIO” definió al momento de ingresar por primera vez.

 

Si el “SOCIO” olvidó su nombre de usuario el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil cuenta con la opción “Olvide mi usuario” a la que permitirá al “SOCIO” solicitara el envió de su usuario utilizando los mecanismos de autenticación que el “SOCIO” previamente registró en “LA COOPERATIVA”.

 
DÉCIMA SEGUNDA. CIERRE DE SESIÓN.

Es responsabilidad del “SOCIO” asegurarse de cerrar correcta y completamente cada sesión que inicie en los navegadores de internet para la utilización el canal electrónico Vencedores Virtual en los dispositivos móviles el canal electrónico Vencedores Móvil.

 

En caso de superar el tiempo máximo de inactividad definido por “LA COOPERATIVA” para el uso del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, se cancelará y dará por terminada la sesión por lo que el “SOCIO” para acceder nuevamente deberá realizar el proceso de acceso utilizando los mecanismos o medidas de autenticación definidos por “LA COOPERATIVA”.

 

DÉCIMA TERCERA. TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS.

El “SOCIO” puede realizar consultas y transacciones en todas las cuentas de ahorro activas que mantiene o mantenga en “LA COOPERATIVA” como titular.

 

Las transacciones electrónicas que el “SOCIO” puede realizar por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil comprenden: consulta de saldos y movimientos, transferencias electrónicas de fondos a cuentas de ahorro de “LA COOPERATIVA”, transferencias de fondos a cuentas en otras instituciones financieras, consulta y pago de tarjetas; servicios; consulta de ahorros, préstamos y certificados de depósito a plazo.

 

“LA COOPERATIVA” como medida de seguridad registrará las direcciones IP desde donde los socios realizan las transacciones electrónicas. Para permitir transacciones desde direcciones IP de otros países, previamente el “SOCIO” solicitará de forma expresa la autorización a “LA COOPERATIVA”, en el que se detallará el país extranjero desde donde necesita acceder al canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil; así como el periodo de tiempo. “LA COOPERATIVA” procesará las transacciones del “SOCIO” de acuerdo a la solicitud planteada por éste, siendo dichas transacciones de completa responsabilidad del “SOCIO”.

 

Las partes acuerdan que “LA COOPERATIVA” como propietaria del canal electrónico Vencedores Virtual y Vencedores Móvil, puede incrementar o retirar parcial o totalmente, cualquiera de las transacciones descritas en este contrato; así como, incrementar nuevas transacciones que no se contemplen en el mismo, situación que “LA COOPERATIVA” la hará conocer por medio de sus medios de comunicación, como son: página web y redes sociales, medios de notificación y contacto, u otros que estime conveniente.

 

DÉCIMA CUARTA. TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS A OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS

1.     “LA COOPERATIVA” podrá fijar montos máximos diarios, semanales y mensuales de fondos que se podrán transferir electrónicamente por medio de los canales electrónicos Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil. El “SOCIO” podrá personalizar sus montos máximos de transferencias de fondos que se encuentren dentro de los rangos fijados por “LA COOPERATIVA”;

2.     Previo a la realización de cualquier transferencia electrónica, el “SOCIO” deberá registrar la(s) cuenta(s) a la(s) que desea realizar la(s) misma(s), siendo su responsabilidad la administración e ingreso de estas. Una vez realizada una transferencia a una de las cuentas registradas, no se aceptará ningún tipo de reclamo o solicitud de reverso; y de ninguna manera “LA COOPERATIVA” asumirá responsabilidad alguna por el error en las instrucciones impartidas/digitadas por el “SOCIO”; y,

3.     Las transferencias electrónicas de fondos efectuadas a través del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil podrán ser o no en línea dependiendo de los convenios interinstitucionales existentes o los que se firmaren a futuro. En caso de efectuar transferencias electrónicas a entidades que no se encuentren registradas en el catálogo de “LA COOPERATIVA” como pago en línea, en cualquier tiempo distinto al horario de atención de “LA COOPERATIVA”, se registrarán en el siguiente día hábil, sin perjuicio de las prelaciones que deben seguirse en las imputaciones a las cuentas que correspondan; y,

 

DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD.

El “SOCIO” es el único responsable de todas las transacciones electrónicas o consultas que se registren con su nombre de usuario en el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil; así como, por los efectos que puedan derivarse del uso de este, por cualquier persona autorizada o no. Para todos los efectos legales “LA COOPERATIVA” considerará que dichas transacciones fueron realizadas con su consentimiento y autorización.

 

La custodia y buen uso del nombre de usuario, clave de acceso y mecanismos o medios de autenticación de acceso al canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil es responsabilidad del “SOCIO”, quien renuncia expresamente a cualquier reclamo que pueda generarse por motivo de las transacciones electrónicas efectuadas por medio de este canal electrónico haciendo uso de su nombre de usuario, clave acceso y mecanismos o medios de autenticación.

 

El único requisito para la validez de las transacciones efectuadas por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil será haber sido realizadas utilizando este canal.

 

De conformidad con la Ley de Comercio Electrónico y su respectivo reglamento, de acuerdo con los principios de neutralidad tecnológica y autonomía privada el “SOCIO” reconoce, desde ya las calidades de firmas electrónicas a las claves personales registradas por este con el objeto de ser utilizadas en las diferentes transacciones electrónicas que realice a través de los canales electrónicos Vencedores Virtual y Vencedores Móvil que ofrece “LA COOPERATIVA”; consecuentemente aun cuando tales claves de acceso personales no se encuentren indisolublemente asociadas o respaldadas en firmas manuscritas conservadas por “LA COOPERATIVA”, en un registro o soporte papel; tendrán igual valides e idénticos efectos jurídicos que una signatura hológrafa; la sola utilización de estas claves personales en las respectivas transacciones hará presuponer a “LA COOPERATIVA”, que las instrucciones impartidas por el “SOCIO” conllevan implícitamente, la manifestación de su voluntad y por lo tanto que tales instrucciones son válidas integras correctas e irrevocables.

 

El “SOCIO” reconoce en forma expresa e irrevocable que son de su exclusiva responsabilidad el empleo de la debida diligencia y cuidado con la tenencia y utilización de sus claves de acceso personales o de los datos en ellas contenidos; y, asume las consecuencias personales y las responsabilidades por los daños que se causen a “LA COOPERATIVA” o a terceros con motivo de la divulgación de los caracteres o números que constituyen su clave de acceso personal a terceros y libera a “LA COOPERATIVA” de toda responsabilidad que de ello se derive, sea patrimonial o por infracción a las normas legales correspondientes.

 

“LA COOPERATIVA” no asume responsabilidad alguna cuando el “SOCIO” no pueda efectuar sus transacciones electrónicas, registros o consultas; por desperfectos ocasionados en la plataforma tecnológica del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, por daños en la red, fallas en la transmisión de datos; o, por situaciones atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor, en los términos establecidos en la legislación ecuatoriana.

 

El “SOCIO” acepta que será el único responsable por los daños o perjuicios que ocasione a “LA COOPERATIVA” por la utilización inapropiada del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil. En caso de realizar acciones dolosas que perjudiquen el correcto funcionamiento del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, “LA COOPERATIVA” podrá iniciar acciones legales a las que haya lugar.

 

DÉCIMA SEXTA. GENERALIDADES.
  1. El funcionamiento del canal electrónico Vencedores Virtual y Vencedores Móvil está sujeto a la normatividad expedida o que expida “LA COOPERATIVA”, o el Organismo de Control del Sistema Financiero Popular y Solidario y demás normativa ecuatoriana aplicable;
  2. El “SOCIO” conoce y acepta las responsabilidades de orden administrativo, civil y penal, que como consecuencia de las declaraciones efectuadas en el presente contrato pueden generarse;
  3. El “SOCIO” declara que conoce las disposiciones de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos, por lo que autoriza expresamente a “LA COOPERATIVA” a realizar los análisis y verificaciones que consideren necesarios e informe de manera inmediata a las autoridades competentes si determinará la existencia de operaciones y/o transacciones inusuales e injustificadas realizadas por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil. En virtud de lo autorizado, el “SOCIO” renuncia a instaurar por este motivo cualquier tipo de acción civil, penal y/o administrativa en contra de “LA COOPERATIVA”;
  4. El “SOCIO” declara haber sido instruido e informado sobre el manejo seguro del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, por lo que tiene pleno conocimiento de su funcionamiento y acepta todas las normas de seguridad definidas por “LA COOPERATIVA” para su uso, mismas que se encuentran publicadas por medio de los medios establecidos por el Organismo de Control para el Sistema Financiero Popular y Solidario. Así mismo, declara que ha recibido información sobre donde se encuentran disponibles los instructivos sobre el uso del canal electrónico Vencedores Virtual y Vencedores Móvil y las normas de seguridad establecidas. El “SOCIO” se obliga a revisar periódicamente las normas de seguridad vigentes y aplicarlas obligatoriamente al acceder o usar los canales electrónicos;
  5. “LA COOPERATIVA” se compromete a procesar todas las transacciones que el “SOCIO” efectúe por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, sin que tenga responsabilidad alguna sobre aquellas que no pudieran efectuarse por causas atribuibles al “SOCIO”;
  6. “LA COOPERATIVA” no enviará correos electrónicos, mensajes de texto o enlaces de acceso solicitando datos relacionados con nombre de usuario, clave de acceso, mecanismos de autenticación o información sobre las cuentas de ahorro de los socios de “LA COOPERATIVA”, por lo que El “SOCIO” será responsable del acceso a correos electrónicos y a sitios web potencialmente peligrosos;
  7.  El “SOCIO” acepta, que las instrucciones impartidas en el presente, utilizando el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, expresan o portan implícitamente, su voluntad y autorización para su ejecución; y en consecuencia son válidas, íntegras, correctas, e irrevocables, de tal forma, que el “SOCIO” autoriza a “LA COOPERATIVA” que procedan según dichas instrucciones, sin que sea necesario por parte de “LA COOPERATIVA”, confirmación de las mismas o requisito adicional alguno;
  8. El “SOCIO” acepta, que en el evento de que “LA COOPERATIVA” establezca alguna diferencia entre los montos de las transacciones electrónicas realizadas a través del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil y los débitos y/o créditos afectados en la(s) cuenta(s) del “SOCIO”, “LA COOPERATIVA” debite o acredite de la(s) cuenta(s) o de cualquier otro depósito o valor que tuviere a su nombre, los valores totales o parciales respectivos necesarios para regular dicha diferencia; y,
  9. El “SOCIO” acepta, que en eventos en los cuales existan errores en las transacciones procesadas por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, se debite de las cuentas que mantiene en “LA COOPERATIVA”, los valores totales o parciales del error, para lo cual se obliga a mantener los fondos disponibles para que se debite de la(s) cuenta(s) o de cualquier otro depósito o valor que tuviere a su nombre.

 

DÉCIMA SÉPTIMA. OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD.

El “SOCIO” autoriza a “LA COOPERATIVA”, para que por razones de seguridad de la información y a objeto de proteger sus intereses, información; y, fondos, suspenda temporalmente la prestación parcial o total del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil.

 

DÉCIMA OCTAVA. PROPIEDAD.

El canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil es de propiedad de “LA COOPERATIVA” por lo tanto el “SOCIO” accederá al referido canal electrónico, única y exclusivamente con el propósito de realizar las transacciones descritas en la cláusula denominada “TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS” de este contrato.

 

DÉCIMA NOVENA. COSTOS.

El “SOCIO” declara que conoce y acepta los costos o tarifas establecidos por “LA COOPERATIVA” para las transacciones electrónicas que se realicen por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, y que se detallan en el Anexo número 1 “Costos o tarifas canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil”; así mismo, declara que acepta expresamente que “LA COOPERATIVA” pueda modificar los costos y tarifas asociadas a la utilización del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, mismas que se establecerán acorde a lo normado por los entes reguladores. “LA COOPERATIVA” informará detalladamente a el “SOCIO” respecto a las nuevas tarifas, mediante notificación al correo electrónico que el SOCIO haya registrado previamente en “LA COOPERATIVA” como medio de notificación y contacto.

 

EL “SOCIO” tiene derecho a que los términos de los contratos de adhesión no sean modificados unilateralmente por “LA COOPERATIVA”, para la modificación se requerirá de la autorización del “SOCIO”. Los cambios unilaterales serán nulos y no tendrán ningún valor. No obstante, lo señalado “LA COOPERATIVA” podrá modificar los costos o tarifas asociadas a la utilización del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil previa autorización del ente regulador.

El “SOCIO” declara su conformidad y aceptación con lo convenido respecto de la modificación de costos o tarifas, reservándose el derecho a dar por terminado este contrato sin ninguna penalidad, si no le satisface (n) la (s) reforma (s) de las mismas; lo cual es independiente de las obligaciones económicas directas y/o indirectas que mantenga el “SOCIO” con “LA COOPERATIVA”.

 

Cuando “LA COOPERATIVA” implemente nuevas transacciones en el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, esta se reserva el derecho de prestarlas con costo o tarifa; por lo tanto, el “SOCIO” declara que ha sido informado sobre este particular y acepta que se le comunique sus costos o tarifas, por los medios de notificación y contacto establecidos en el presente instrumento.

 

En caso de que el “SOCIO” no esté de acuerdo con los costos o tarifas fijados para las transacciones electrónicas que se presten por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil, este asume como suya la obligación de comunicar por escrito el particular a “LA COOPERATIVA”, a fin de que ésta le cancele el canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil y dé por terminado el presente contrato. La falta de notificación por parte del “SOCIO” se entenderá como una aceptación tácita de los costos o tarifas aplicados por “LA COOPERATIVA”.

 

VIGÉSIMA. PLAZO.

El presente contrato para el uso del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil tendrá una duración indefinida y cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento de acuerdo a las normas legales y reglamentarias pertinentes.

 

VIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

21.1.  POR PARTE DE “LA COOPERATIVA”: Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula denominada “PLAZO” de este instrumento, “LA COOPERATIVA” podrá dar por terminado el presente contrato anticipadamente en los siguientes casos:

 

a)        Cuando “LA COOPERATIVA” llegue a detectar falsedad en los datos proporcionados por el “SOCIO”;

b)        Cuando “LA COOPERATIVA” llegue a detectar el mal uso del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil por parte del “SOCIO”;

c)        Cuando el “SOCIO” solicite en cualquier momento la terminación del presente contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en la oficina Matriz, agencias de “LA COOPERATIVA” en días hábiles; y,

d)        Cuando el “SOCIO” notifique por escrito a “LA COOPERATIVA” la no aceptación de los costos o tarifas de las transacciones que se presten por medio del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil.

 

21.2.   POR PARTE DE EL SOCIO: El “SOCIO” podrá solicitar en la oficina Matriz o agencias de “LA COOPERATIVA” la cancelación o terminación del presente contrato en cualquier tiempo y por cualquier circunstancia que este desee; pudiendo a futuro solicitar que se genere un nuevo contrato para la habilitación del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil.

 

VIGÉSIMA SEGUNDA. TRATAMIENTO DE DATOS.

“LA COOPERATIVA” se somete a las disposiciones previstas por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, su reglamento, y demás normas conexas, por lo que los datos personales que el “SOCIO” le proporcione, así como aquellos generados o recopilados en el marco del uso del canal electrónico Vencedores Virtual y/o Vencedores Móvil serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, su reglamento, y demás normas complementarias.

 

Los datos personales que el “SOCIO” le proporcione a “LA COOPERATIVA”, esta última los recopilará de forma segura, tal como lo hace respecto de sus propios datos, aclarando que el hecho de que el “SOCIO” proporcione o entregue información a “LA COOPERATIVA” no implica de modo alguno la transferencia de los mismos, y en tal sentido “LA COOPERATIVAasume la condición de encargado del tratamiento.

 

Desde ya el “SOCIO” autoriza para que los datos que este le proporcione, “LA COOPERATIVA”, esta última los utilice para:

 

1.   Gestionar la relación contractual de los productos y servicios que solicite en “LA COOPERATIVA”

2.   Cumplir con obligaciones legales y normativa aplicable a “LA COOPERATIVA”

3.   Informar y consultar a los sistemas de información crediticia.

4.   Prevenir el fraude.

5.   Análisis de riesgos y finalidades comerciales:

(i)   Elaboración de perfiles básicos comerciales y de riesgos.

(ii)   Elaboración de perfiles avanzados comerciales y de riesgos.

(iii)   Ofertas de productos y servicios de “LA COOPERATIVA”.

6.   Creación de modelos analíticos.

Para dichas acciones “LA COOPERATIVA” podrá contratar a terceras personas (naturales o jurídicas), a quienes podrá transferir dichos datos personales de el “SOCIO”, situación que este último autoriza desde la aceptación de estos términos y condiciones.

 

“LA COOPERATIVA” no utilizará o tratará los datos personales proporcionados por el “SOCIO” con una finalidad distinta a aquella para la que le fueron entregados o por la que son recopilados. “LA COOPERATIVA” asume como su responsabilidad la confidencialidad de los datos que el Socio le proporcione, y por tanto no podrá transferirlos o divulgarlos salvo los casos de utilización antes indicados, y cuando entidades públicas los soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o en cumplimiento de ordenes de carácter judicial,

 

“LA COOPERATIVA” conservará los datos personales proporcionados por el “SOCIO” por el tiempo máximo que establezca la Ley, concluido este plazo, “LA COOPERATIVA”, en no más de cinco (5) días hábiles, debe destruir/eliminar los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores.

 

VIGÉSIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Las partes contratantes aceptan de mutuo acuerdo las estipulaciones de este contrato, por considerarlas convenientes a sus intereses, y declaran que se entienden incorporadas al mismo, todas las disposiciones legales que le sean aplicables en razón de su naturaleza.

 

Todas las controversias que surjan en relación con este contrato serán sometidas a los jueces Civiles del Cantón Ambato, mediante la vía que elija “LA COOPERATIVA”; para el efecto las partes renuncian fuero y domicilio que les pudiere favorecer.

 

Los comparecientes enterados del contenido de este contrato lo aceptan en su integridad, para constancia de lo cual en señal de conformidad y aceptación lo suscriben en tres ejemplares de igual tenor, en la ciudad XXXX, a los XX días del mes de XXXX de XXXX.

 

 
                «SOCIO»          «LA COOPERATIVA»
ANEXO 1. COSTOS O TARIFAS CANAL ELECTRÓNICO VENCEDORES VIRTUAL Y VENCEDORES MOVIL
Servicios Tarifa máxima
Transferencias interbancarias SPI enviadas / internet 0.40
Transferencias entre cuentas Vencedores Sin costo

 NOTA: A los cargos descritos están incluidos el valor que corresponde por concepto del IVA.